El TS sentencia que los apóstatas no pueden exigir a la Iglesia que rectifique los libros de Bautismo
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha juzgado que las personas que decidan apostatar no pueden exigir a la Iglesia la modificación de los datos personales recogidos en su partida de Bautismo. Los magistrados del Alto Tribunal, presididos por el juez José Manuel Sieira, adoptaron esta decisión porque los libros de Bautismo no tienen la categoría de ficheros y, por lo tanto, no están sometidos a la Ley de Protección de Datos.