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Objeción de conciencia sanitaria al aborto

La objeción de conciencia: termómetro democrático

[Imagen] GUÍA DE LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA SANITARIA AL ABORTO

El pasado 5 de julio de 2010 entró en vigor la ley orgánica 2/2010, de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo, que viene a eliminar el derecho a la vida de los seres humanos que todavía no han nacido, en particular los que todavía no han cumplido las 14 semanas de gestación. Junto con la eliminación de un derecho fundamental que consagra el artículo 15 de la Constitución española, la llamada “ley del aborto” contiene varias disposiciones dictadas para tratar de restringir el derecho de objeción de conciencia.
La presente Guía se ha elaborado para dar respuesta a los profesionales de la salud que se preguntan, tras la entrada en vigor de la ley del aborto, cómo pueden ejercitar su derecho a la objeción de conciencia.
Cualquier duda que no quede resuelta en la presente Guía puede ser remitida al Centro Jurídico Tomás Moro, a la dirección de correo electrónico: info@tomasmoro.es. También se puede llamar a HazteOir.org al 91 554 71 89.

Vea:
- Guía de objeción de conciencia sanitaria al aborto

Vea también:
- Médicos católicos: ética y vida antes que leyes
- Aborto
- Aborto: Tópicos abortistas
- Vida humana y los católicos
- Pastoral de la Salud
- Solidaridad

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