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- Cambio de apellidos en el certificado eclesiástico de una persona difunta.
Cuando se aprecia un error en la inscripción de una partida eclesiástica (bautismo, matrimonio, defunción, etc.) de una persona difunta, sus herederos legales (hay que aportar los documentos legales que lo demuestren) tienen que seguir los siguientes pasos:
1.- Ir a la parroquia donde está inscrita la partida y comprobar que efectivamente hay un error en la filiación de la persona difunta.
2.- Aportar los documentos legales que demuestren el parentesco y ser heredero legítimo del difunto.
3.- Presentar en el Obispado una solicitud al Vicario General de asuntos jurídicos donde se especifique con exactitud lo que desea. A esta solicitud se debe de acompañar la partida que se desea rectificar y los documentos especificados en el punto 2.
4.- Desde la Vicaría General de asuntos jurídicos se le indicarán los pasos concretos a seguir.
Vea también:
Certificados: ¿Quién los puede solicitar?
Tasas de archivos parroquiales diocesanos
Ir a: Certificados: Inscripción de partida Certificados: ¿Quién los puede solicitar?