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- ¿Quién puede pedir un documento eclesiástico (partida de bautismo, matrimonio, confirmación, etc.)?
Los documentos sólo los puede solicitar el propio interesado, sus responsables legales o sus herederos legales.
No se permiten intermediarios.
Para solicitar un documento eclesiástico tiene que identificarse como el titular del mismo. La identificación se realizará mediante DNI o pasaporte.
- En el caso de niños y menores de edad:
Además del DNI tiene que mostrar el Libro de Familia donde conste que el peticionario es el padre o la madre del niño.
- En el caso de una persona que no pueda acudir físicamente a retirar su partida:
El titular del documento tendrá que redactar de puño y letra una autorización para que otra persona pueda retirar el documento en su nombre. A la hora de solicitar el documento hay que presentar ante el párroco la autorización del interesado así como fotocopia de su DNI y el de la persona que ha sido autorizada.
- En el caso de un titular ya fallecido:
Los documentos de fallecidos sólo se pueden entregar a sus herederos legales. Para ello la persona que lo solicita deberá de presentar el documento correspondiente de donde se derive el parentesco legal con el fallecido. Además el peticionario deberá mostrar su DNI.
- Para personas o descendientes de personas que no saben dónde recibieron los sacramentos y/o que viven en el extranjero:
Vea:
Documentos eclesiásticos: Petición a la Diócesis
Vea también:
Certificado: Errores en mi partida
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