- Formo parte de una comisión de fiestas del barrio. Resulta que el cura dice que el programa religioso que hemos hecho nosotros no sirve, que sólo es la parroquia la que puede organizar y celebrar los actos religiosos...
El sacerdote tiene razón. A la hora de las fiestas patronales católicas sólo es el sacerdote y su consejo parroquial quienes pueden marcar las directrices organizativas de las celebraciones católicas. Las comisiones de fiestas, asociaciones de vecinos, etc. no pueden marcar las celebraciones religiosas de ninguna manera. Temas como procesiones, recorridos procesionales, horarios de celebraciones religiosas, etc, corresponden sólo al párroco.
Vea la normativa diocesana para las fiestas religiosas en nuestra diócesis. Criterios de la Diócesis de Canarias sobre las fiestas patronales: - Fiestas patronales: criterios diocesanos