09-12-2024 Lunes, II semana - adviento

AUDITORÍA DE CUENTAS EN LA IGLESIA CATÓLICA

La Diócesis de Canarias está sujeta, a las siguientes leyes;

  1. Al acuerdo entre la Santa Sede y el Estado Español de 3 de enero de 1979 sobre asuntos económicos y sus desarrollos normativos.
  2. Ley de Mecenazgo (Ley 49/2002 de 23 de diciembre) y su desarrollo reglamentario.
  • NO ESTÁ SUJETA A LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL.
  • NO ESTÁ SUJETA A LAS LEYES DE FUNDACIONES.
  • NO ES UNA SOCIEDAD DE UTILIDAD PUBLICA, según recoge la LO1/2002.

Obligación de auditar sus cuentas la Diócesis, más allá del motivo de trasparencia, deber y cumplimiento con la sociedad, no existe en la actualidad.

 

Ecónomo Diocesano

D. José Antonio García Jiménez

 

NO EXISTE OBLIGACION A ADUDITAR LAS CUENTAS

 

 

Actualizado 21 de Noviembre de 2024

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